- No se aplica a las empresas que se dedican a la reparación de automóviles. - Jornada anual de 1.756 horas - Las jornadas laborables de los días 24 y 31 de Diciembre, así como el 5 de Enero, no se trabajarán (si alguno de esos días cae en Sábado o Domingo se traslada al Viernes anterior). - En los días laborables de Semana Santa y Feria se trabajará en jornada intensiva de 8:00 a 14:00. - Las vacaciones se disfrutarán preferentemente de Junio a Septiembre. Las vacaciones empezarán siempre el primer día laborable de la semana. - Salario durante las vacaciones Promedio de SB + antigüedad + plus convenio + primas incentivos + pluses toxicidad + peligrosidad + penosidad de los 3 meses anteriores (no computan las horas extras). - Licencias (mismo sueldo que trabajando): 2 días laborables por enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (+2 días si debe desplazarse). 15 días naturales por matrimonio. 1 día ...
Espacio para publicaciones sobre derecho laboral, de Seguridad Social, extranjería, etc - Autor: Daniel Sánchez Romero, Graduado Social 2002 de Málaga - Sánchez y Romero - Despacho laboralista