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Mostrando entradas de noviembre, 2020

PENSIÓN DE VIUDEDAD EN PAREJAS DE HECHO

  En esta entrada de blog hablamos sobre la pensión de viudedad cuando el sobreviviente estaba unido al fallecido como pareja de hecho y no mediante vínculo matrimonial. Esta situación está regulada en la Ley General de la Seguridad Social , artículos 219 y 221. En primer lugar, es necesario que se den una de las siguientes situaciones: Que el sujeto causante (el fallecido) se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en el momento de su fallecimiento y hubiera cotizado 500 días en los 5 años inmediatamente anteriores.   Si en el momento del hecho causante el fallecido se encontraba en situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar, los 500 días habrán de estar comprendidos en los 5 años anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar.   Si la muerte se produce por cualquier accidente (de trabajo o no) o por una enfermedad profesional, no se exigirá periodo mínimo de cotización.   Si el causante no se encontraba en situación de alta ...

NUEVAS RESTRICCIONES ANDALUCÍA

 A falta de publicación en el BOJA, éstas son las medidas anunciadas por el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno, para controlar la propagación del COVID-19 en la comunidad autónoma:

LIQUIDACIÓN DE VACACIONES

  En este post vamos a tratar un tema que suele generar confusión a la hora de finalizar una relación laboral.   Cuando en el momento de la contratación, empresa y trabajador negocian las vacaciones anuales a disfrutar en días laborables (no en naturales), hay que tener presente que, al momento de liquidar esas vacaciones no disfrutadas en caso de finalizar el contrato, no cabe suponer que los días laborables que resten por disfrutar serán los días a liquidar.   Si, por ejemplo, un trabajador tiene un contrato de 6 meses al que le corresponden 11 días laborables de vacaciones a disfrutar y, cuando finaliza el contrato, sólo ha disfrutado 6 días laborables, no le deben liquidar 5 días de vacaciones (11 menos 6).   Al momento de la liquidación esos días laborables se traspasan a días naturales mediante una sencilla regla de 3: Si por 11 días laborables me corresponden 5 días a liquidar, por 15 días naturales (que es lo que correspondería a un contrato de 6 meses de ...