1. Prórroga de los ERTE de fuerza mayor
Los ERTE vigentes, basados en el artículo 22 RDL 8/2020, se prorrogan automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021. Las exoneraciones de estos ERTE se disfrutarán por las empresas que lleven a cabo la prórroga y se encuadren en alguno de los siguientes CNAE:
También podrán disfrutar estas exoneraciones las empresas que entre el 01 de febrero de 2021 y el 31 de mayo de 2021 transiten de un ERTE de fuerza mayor (art 22 RDL 8/2020) a uno ETOP y se encuadren en alguno de los CNAE del listado, así como las empresas con ERTE ETOP que hubieran tenido derecho a exoneraciones en virtud de lo establecido en el RDL 30/2020 y se encuadren en alguno de los CNAE expuestos.
Igualmente podrán beneficiarse de estas exoneraciones las empresas pertenecientes a la cadena de valor que así fueron reconocidas conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de la DA primera RDL 30/2020.
Las exoneraciones a disfrutar, tanto de las personas suspendidas como de las reincorporadas, y de los periodos y porcentajes de jornada suspendidos como de los trabajados, serían en los siguientes porcentajes sobre la cuota patronal:
- 85% en febrero, marzo, abril y mayo en empresas de -50 trabajadores a 29/02/2020
- 75% en febrero, marzo, abril y mayo en empresas de 50 o más trabajadores a 29/02/2020
Estas exenciones nos son compatibles con las exenciones de los ERTE de impedimento o limitación.
Por otro lado, se prorrogan los ERTE por impedimento, tanto los regulados en la DA primera RDL 24/2020, como los regulados en el artículo 2.1 RDL 30/2020, con una exoneración del 100% de la aportación empresarial a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021 si la empresa hubiera tenido menos de 50 trabajadores a 29 de febrero de 2020 (90% de exoneración si hubiera tenido 50 o más trabajadores a 29 de febrero de 2020).
Se prorrogan automáticamente los ERTE por limitación basados en el artículo 2.2 RDL 30/2020 hasta el 31 de mayo de 2021, con las siguientes exoneraciones sobre la aportación empresarial desde el 01 de febrero de 2021 por las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas, y de los periodos y porcentajes de jornadas afectados por la suspensión:
- Febrero ⇒ 100% en empresas de -50 trabajadores a 29/02/2020 (90% en empresas de 50 o más trabajadores a 29/02/2020)
- Marzo ⇒ 90% en empresas de -50 trabajadores a 29/02/2020 (80% en empresas de 50 o más trabajadores a 29/02/2020)
- Abril ⇒ 85% en empresas de -50 trabajadores a 29/02/2020 (75% en empresas de 50 o más trabajadores a 29/02/2020)
- Mayo ⇒ 80% en empresas de -50 trabajadores a 29/02/2020 (70% en empresas de 50 o más trabajadores a 29/02/2020)
Para la aplicación de las exoneraciones las empresas deberán realizar las correspondientes declaraciones responsables e identificación de los trabajadores afectados (Sistema RED).
Igualmente deberán comunicar la renuncia a los expedientes cuando la misma se produzca.
2. ERTE de impedimento o limitación (de nueva solicitud)
A partir del 01 de febrero de 2021 se podrán solicitar este tipo de ERTE si la empresa se ve afectada por restricciones y medidas de contención sanitaria, teniendo las mismas exoneraciones que los ERTE por impedimento o limitaciones prorrogados y expuestos en el punto anterior.
Será posible pasar de un ERTE por impedimento a un ERTE por limitación, o viceversa, sin necesidad de tramitar un nuevo expediente, siendo aplicables en cada momento los porcentajes de exoneración que correspondan en función del tipo de ERTE que esté activo. En este caso sólo habría que comunicar a la autoridad laboral la fecha de efectos del cambio, los centros y las personas afectadas, así como a la representación legal de las mismas. También será necesaria la correspondiente declaración responsable a través del Sistema RED.
3. ERTE ETOP
A los ERTE ETOP iniciados desde el 26/01/2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 les será de aplicación la regulación que tenían hasta ahora, contenida en el artículo 3 RDL 30/2020.
Los ERTE ETOP iniciados antes del 26/01/2021, y vigentes en esa fecha, seguirán siendo aplicables en los términos previstos en la comunicación final a la autoridad laboral y podrán prorrogarse previo acuerdo en periodo de consultas.
4. Prórroga de contenidos complementarios
- Continua la limitación al reparto de dividendos si se disfrutan exoneraciones.
- Otros 6 meses de mantenimiento del empleo si se disfrutan nuevas exoneraciones.
- Continúa la limitación a la realización de horas extraordinarias, nuevas contrataciones y subcontrataciones hasta el 31 de mayo de 2021 si se aplica cualquier ERTE de los previstos.
- Sigue vigente la “prohibición de despedir” con causa en el COVID-19 hasta el 31 de mayo de 2021.
- Se mantiene la interrupción del cómputo de los contratos temporales por el tiempo que esté vigente el ERTE del trabajador.
5. Prórroga de medidas de protección a trabajadores
Se mantienen las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo a los trabajadores. Cabe recordar que, tras la entrada en vigor del RDL 30/2020, el no cómputo del tiempo de percepción de la prestación por desempleo derivada de ERTE, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos, se mantuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2020. A partir del 01 de octubre de 2020 no se computarían como consumidas las prestaciones disfrutadas durante los ERTE por quienes accedieran a un nuevo derecho antes del 01 de enero de 2022 como consecuencia de la finalización de un contrato temporal o de un despido por causas ETOP, o un despido por cualquier causa declarado improcedente.
Las empresas que ya hubieran enviado nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE antes del 20 de octubre de 2020 no tendrán que presentar una nueva solicitud respecto de las personas trabajadora incluidas en la anterior.
Se prorrogan las prestaciones extraordinarias para fijos discontinuos hasta el 31 de mayo de 2021.
Se prorroga la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo derivada de ERTE con la realización de un trabajo a tiempo parcial sin que se reduzca la prestación.


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