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Mostrando entradas de 2021

REFORMA LABORAL (CONTRATOS FORMATIVOS)

En este post vamos a exponer las novedades incluidas en la reforma laboral en relación con los contratos formativos. Desaparecen el contrato en prácticas, el contrato para la formación y el aprendizaje y el contrato para la formación dual universitaria. Los nuevos contratos formativos serán: - Contrato de formación en alternancia :   supone la compatibilización de actividad laboral retribuida con la formación en el ámbito de la FP, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.   Tiene las siguientes características: No se requiere que el trabajador/estudiante tenga la titulación reconocida. No tienen periodo de prueba. No se puede celebrar si el trabajador/estudiante ya ha tenido otro contrato formativo anterior en una formación del mismo nivel y sector. Si la formación que da lugar al contrato deriva de estudios del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo, el trabajador/estudiante no pod...

TRABAJOS PROHIBIDOS A MENORES Y MUJERES

En este post expondremos los trabajos prohibidos a varones menores de edad y a mujeres de cualquier edad en el Decreto de 26 de julio de 1957 . 1. Matanza de reses mayores y descuartizamiento. 2. Cuidado de reses bravas. 3. Corte y aserrado de troncos. 4. Transporte de madera por flotación. 5. Trabajos de excavación. 6. Trabajos en minas, canteras y hornagueros. 7. Azogado de espejos en talleres donde se emplee mercurio. 8. En relación con las vidrieras y cristalerías, la demolición de los hornos y limpieza de los materiales que procedan de ellos. 9. Fabricación y fusión de aleaciones de  antimonio, arsénicos, estaño, plomo y cinc. 10. Trabajos relacionados con la fusión y colada del metal en altos hornos de acero, convertidores y hornos de fusión en general. 11. Fabricación de amalgamas. 12. Forja de metales con martillos pilones. 13.  Fundiciones en segunda fusión del hierro y demás metales y sus aleaciones (t odas las operaciones de fusión, colada y desmoldeo). 14.  L...

RESUMEN PRÓRROGA ERTE (RDL 18/2021)

 VI ACUERDO SOCIAL EN DEFENSA DEL EMPLEO (ERTE) 1. Prórroga de los ERTE Se prorrogan, como máximo hasta el 28 de febrero de 2022, los ERTE de fuerza mayor iniciales (art. 22 RDL 8/2020), los de impedimento, los de limitación y los ETOP (art. 23 RDL 8/2020), que estuvieran activos a 30 de septiembre de 2021, previa solicitud de la empresa ante la autoridad laboral, entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de una relación de las horas o días de trabajo suspendidos o reducidos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada uno de los trabajadores, debidamente identificados en relación con cada centro de trabajo. La resolución se dictará en el plazo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud, y será estimatoria de acompañarse la relación de horas y días citada en el párrafo anterior (si no hay resolución en ese plazo, se entiende estimada por silencio administrativo). 2. Nuevos ERTE por impedimento o limitación Las empresas que vean impedido o li...

RECAUDACIÓN SEGURIDAD SOCIAL

  Se distinguen dos fases en el procedimiento de recaudación: 1.  Periodo voluntario : desde la fecha de comienzo del plazo reglamentario de ingreso hasta la emisión de una eventual providencia de apremio, en cuyo caso se da inicio la fase 2. 2.  Periodo de recaudación ejecutiva : se inicia cuando ha finalizado el periodo voluntario sin extinción de la deuda, mediante providencia de apremio.   Aquí comienza a aplicarse recargos e intereses de demora. Recargos Hay que distinguir entre los recargos que se aplican a CUOTAS o los recargos que se aplican a RECURSOS DISTINTOS A CUOTAS, y también hay que distinguir si las liquidaciones de cuotas se han presentado en plazo o no. - Recargos sobre CUOTAS: Liquidación presentada EN PLAZO: 10% si el abono se produce en el MES NATURAL SIGUIENTE al del vencimiento del plazo 20% si el abono se produce en el SEGUNDO MES NATURAL SIGUIENTE al del vencimiento del plazo. Liquidación presentada FUERA DE PLAZO: 20% si el abono se produ...

IV ACUERDO SOCIAL EN DEFENSA DEL EMPLEO (ERTE)

 1. Prórroga de los ERTE de fuerza mayor Los ERTE vigentes, basados en el artículo 22 RDL 8/2020 , se prorrogan automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021. Las exoneraciones de estos ERTE se disfrutarán por las empresas que lleven a cabo la prórroga y se encuadren en alguno de los siguientes CNAE: También podrán disfrutar estas exoneraciones las empresas que entre el 01 de febrero de 2021 y el 31 de mayo de 2021 transiten de un ERTE de fuerza mayor (art 22 RDL 8/2020 ) a uno ETOP y se encuadren en alguno de los CNAE del listado, así como las empresas con ERTE ETOP que hubieran tenido derecho a exoneraciones en virtud de lo establecido en el RDL 30/2020 y se encuadren en alguno de los CNAE expuestos. Igualmente podrán beneficiarse de estas exoneraciones las empresas pertenecientes a la cadena de valor que así fueron reconocidas conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de la DA primera RDL 30/2020 . Las exoneraciones a disfrutar, tanto de las personas suspendidas como de las reinco...