En este post vamos a exponer las novedades incluidas en la reforma laboral en relación con los contratos formativos. Desaparecen el contrato en prácticas, el contrato para la formación y el aprendizaje y el contrato para la formación dual universitaria. Los nuevos contratos formativos serán: - Contrato de formación en alternancia : supone la compatibilización de actividad laboral retribuida con la formación en el ámbito de la FP, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo. Tiene las siguientes características: No se requiere que el trabajador/estudiante tenga la titulación reconocida. No tienen periodo de prueba. No se puede celebrar si el trabajador/estudiante ya ha tenido otro contrato formativo anterior en una formación del mismo nivel y sector. Si la formación que da lugar al contrato deriva de estudios del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo, el trabajador/estudiante no pod...
Espacio para publicaciones sobre derecho laboral, de Seguridad Social, extranjería, etc - Autor: Daniel Sánchez Romero, Graduado Social 2002 de Málaga - Sánchez y Romero - Despacho laboralista