Modelo 115: Retenciones practicadas al alquiler del inmueble urbano (los rústicos están
exentos) donde desarrollas tu negocio.
Al pagar la cuota al arrendador dejas de ingresarle una parte a cuenta
del IRPF si es persona física o a cuenta del impuesto de sociedades si es
persona jurídica.
Modelo 111: Retenciones de IRPF que has practicado a trabajadores, profesionales y empresarios.
Modelo 303: Es el pago fraccionado del IVA. Cuando
vendes a un cliente un producto o servicio le cobras su precio más el IVA (IVA repercutido
por ti al cliente). Cuando compras a un
proveedor es él quién te cobra el precio más el IVA (IVA soportado por ti). El resultado del modelo será el IVA repercutido
y cobrado a los clientes menos el IVA soportado en las compras a proveedores.
Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF de los autónomos (en caso de estimación directa)
Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF de los autónomos (en caso de estimación objetiva)
Modelo 202: Pago fraccionado del impuesto de sociedades (en el caso de estar constituido
como tal)
MODELOS ANUALES: 180 (anual del 115), 190 (anual del 111), 390 (anula del 303) y modelo 200 (anual
del 202)
Estos son los modelos más
comunes, aunque hay otros:
Modelo 368: Servicios electrónicos
Modelo 349: Operaciones intracomunitarias
Modelo 184: Declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas
Modelo 179: Declaración informativa trimestral de cesión de uso de viviendas con fines
turísticos
Modelo 309: Autoliquidación no periódica del IVA (sujetos no obligados al 303 y 390 pueden tener obligación de presentarlo)
Para cada modelo hay unos sujetos
obligados y otros que no lo están en función de diversos factores, este post se
trata de una mera recapitulación de los distintos modelos existentes.
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